Estancias de profesores e investigadores senior en centros extranjeros 2021

La realización de estancias en el extranjero del profesorado universitario e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente. Los centros para los que se solicite la estancia de movilidad deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos en el área científica del candidato. Código SIA: 998537

Estado de la convocatoria: ABIERTO

Plazos de solicitud: Del 12 de julio del 2021 al 31 de agosto de 2021.

 

INFORMACIÓN GENERAL

Descripción:

La realización de estancias en el extranjero del profesorado universitario e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente. Los centros para los que se solicite la estancia de movilidad deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos en el área científica del candidato.

Número de ayudas:

El número de ayudas previstas es 400 estancias, de las cuales, hasta 70 podrán corresponder a estancias en EE.UU., en el marco del Programa Fulbright.

Requisitos:

  • Haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2010, salvo los funcionarios de carrera de las universidades públicas españolas o de las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, en cuyo caso, aunque el grado se haya obtenido con posterioridad han de concurrir a esta modalidad.
  • Estar en servicio activo y con dedicación a tiempo completo en la vinculación acreditada con el organismo de origen que da su conformidad a la subvención solicitada.
  • No haber disfrutado estancias en el extranjero por un período acumulado superior a seis meses durante los últimos 4 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, contabilizándose cualquier estancia de duración igual o superior a un mes. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse en la fecha de inicio de la estancia.
Más Información:

 Duración. Fechas de inicio y fin de las estancias

  • Las estancias han de tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 6 meses.
  • Las estancias deberán realizarse entre el 1 de mayo de 2022 y el 31 de diciembre de 2022. No obstante, en el caso de aquellos profesores/investigadores que hayan iniciado o realizado la estancia con anterioridad, desde enero de 2021, y así lo hayan manifestado en las correspondientes solicitudes, para el caso de concesión de la ayuda, la misma tendrá efectos retroactivos siempre que se acredite la realización de la estancia en los términos requeridos en la convocatoria.
  • Los solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright, sólo podrán solicitar una fecha de inicio posterior al 1 de junio de 2022.
  • Las estancias se solicitarán y concederán, en todos los casos, desde el día 1 del mes de inicio hasta el último día del mes de finalización.

Proyectos a realizar y grupos receptores

  • Para llevar a cabo el proyecto el beneficiario ha de integrarse en un grupo del centro receptor y uno de sus miembros ha de asumir ser responsable de la actividad docente/investigadora del mismo a lo largo de la estancia.  No podrán admitirse a trámite solicitudes en las que no haya un grupo receptor, formado como mínimo por dos profesores/investigadores de dicho centro.

Centros de destino

  • La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, que será el centro receptor.
  • Los centros para los que se solicite la estancia deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos.
  • En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de adscripción.
  • Solo en los casos que el candidato acredite un grado de discapacidad superior al 65%, no será obligatoria la movilidad al extranjero y el centro receptor podrá estar, excepcionalmente, en territorio español, pero se requerirá cambio de residencia habitual

Incompatibilidades

  • Las subvenciones sólo serán compatibles con la vinculación contractual o funcionarial del beneficiario en el centro de adscripción.
  • Las subvenciones serán incompatibles con cualquier compromiso o actividad profesional no vinculada directamente al trabajo de investigación financiado, que requiera una ausencia del beneficiario de su centro de destino.
  • Para más información a este respecto ver el artículo 22 de la convocatoria.

Información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

 

PRESUPUESTO

Las subvenciones conllevan:

  • Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 euros al mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes.
  • Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
  • Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.500 €. Estas dotaciones varían en función del país de destino y los importes de cada país figuran en el Anexo de la convocatoria.
  • Todos los beneficiarios de las subvenciones deberán disponer obligatoriamente de un seguro de accidentes, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda de gastos de instalación.

  • Respecto a la asistencia sanitaria, los beneficiarios que pertenezcan al Régimen General de la Seguridad Social y tengan el centro receptor en países en los que no tenga validez la Tarjeta Sanitaria Europea, deberán suscribir una póliza de asistencia, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda en concepto de gastos de instalación.

  •  Los beneficiarios que pertenezcan a MUFACE disfrutarán de la asistencia sanitaria en el extranjero en los términos establecidos y cubiertos por su mutualidad y sólo podrán imputar la contratación de un seguro de asistencia en aquellos casos en los que el centro receptor exija la contratación obligatoria de una póliza concreta o con unas condiciones que no cubra MUFACE.

     

 
BENEFICIARIOS

 

Profesores o investigadores con vinculación de funcionario interino o vinculación contractual, como personal docente o investigador, para cuya formalización se haya requerido el grado de doctor, y la fecha de finalización del contrato sea posterior a la fecha de terminación de la estancia de movilidad solicitada. La vinculación ha de ser con un centro de investigación que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 8 de la convocatoria.

 

ÓRGANO INSTRUCTOR

Secretaría General de Universidades

 

TIPO DE FINANCIACIÓN

Subvención

 

RÉGIMEN DE LA CONVOCATORIA

Concurrencia competitiva

 

INFORMACIÓN DE CONTACTO

 

NOTA: Al acceder a este procedimiento, temporalmente será redirigido a la sede electrónica de otro organismo.